El verbo "advertir" admite dos construcciones.
Por un lado, rige complemento directo cuando significa "notar" o "prevenir, admonestar", de modo que, en estos casos, se añade directamente al objeto directo o, en caso de que sea una proposicion subordinada sustantiva la que desempeña esta función, lo hace por medio de la conjunción que
Advirtió tu confusión y no insistió más/ advirtió que estabas confuso y no insistió más.
Le advirtió que no lo toleraría.
Por otro lado, el verbo "advertir" puede tener el valor de "hacer notar" y, en este caso, rige la preposición "de" : Le advertí de su error.
Hay que evitar los cruces entre los valores y construcciones de este verbo: *Le advierto de que no lo vuelva a hacer.
Reforzamos esta entrada con material elaborado por Karacteres en que recoge los distintos significados que puede tener el verbo "advertir" y cómo se construye dependiendo de ese significado
Esto, me temo, está mal. http://lema.rae.es/dpd/srv/search?id=y4HMJ3r3wD6MrVMLgg
ResponderEliminaradvertir. 1. Verbo irregular: se conjuga como sentir (→ apéndice 1, n.º 53).
2. Cuando significa ‘darse cuenta [de algo] o reparar [en algo]’, es transitivo: «Nadie advirtió la presencia de la señora» (Mendoza Verdad [Esp. 1975]); «En cuanto entró en el refectorio, advirtió que había alguien más aparte de los dos comensales» (Hernández Naturaleza [Esp. 1989]). En este caso, advertir no lleva nunca complemento indirecto, ni explícito ni implícito, y es incorrecto su uso con la preposición de (→ dequeísmo, 1b): advirtió de que había alguien más.
3. Cuando significa ‘poner algo en conocimiento de alguien’, puede construirse de dos modos:
a) Advertir [a alguien] de algo: «Jamás advirtió a Lucía del asedio de que era objeto» (Maqua Invierno [Esp. 1992]). El objeto de la advertencia puede ir también introducido por sobre o acerca de. Si la advertencia es una oración subordinada encabezada por la conjunción que, es correcto el empleo conjunto de la preposición y la conjunción: «Me ha advertido de que tiene una cita a las ocho» (Hidalgo Azucena [Esp. 1988]). En esta construcción el complemento de persona es directo, pues funciona como sujeto de la pasiva: «Ramiro Chan Tun [...] fue advertido de que no podrá volver a bucear» (DYucatán [Méx.] 24.7.96). Por ello, cuando este complemento es un pronombre átono de tercera persona, deben emplearse las formas lo(s), la(s): «Al salir la advertí de que faltaban unos cuantos escalones» (TBallester Filomeno [Esp. 1988]).
b) Advertir [algo] a alguien. El objeto de la advertencia se expresa mediante un complemento directo y el complemento de persona es indirecto: «Le advertimos los riesgos a que se exponía» (Valladares Esperanza [Cuba 1985]). Este régimen es el habitual cuando el complemento directo es una oración subordinada introducida por la conjunción que, y especialmente cuando la intención es admonitoria o amenazante: «La abrazó, la llenó de besos y le advirtió que pronto tendría la menstruación» (Allende Casa [Chile 1982]); «Te advierto que esta vez voy a reclamarte hasta el último céntimo» (Salom Vuelo [Esp. 1980]).
4. Cuando advertir significa ‘aconsejar [algo] a alguien’, es transitivo; lo que se aconseja se expresa mediante un complemento directo y, naturalmente, se construye sin preposición; el complemento de persona es indirecto: Le advirtió [= le aconsejó] que no invirtiera en ese negocio si no quería perder dinero.
Muchas gracias por tu aportación, pero creo que no se contradice con el contenido de la entrada que es, sin duda, muchísimo más concisa y menos desarrollada.
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